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DiscoverEU

¡Celebremos los cuarenta años de Schengen con 40 000 bonos de viaje!

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Normas de la convocatoria de candidaturas de DiscoverEU¹

 

1. Descripción

DiscoverEU es una acción del programa Erasmus+ (2021-2027). Esta acción pretende ofrecer a los jóvenes de dieciocho años de edad una experiencia de viaje que promueva su sentido de pertenencia a la Unión Europea, les permita explorar la diversidad de Europa, su patrimonio cultural y su historia, conectar con personas de todo el continente y, en última instancia, conocerse a sí mismos. 

En otoño de 2025, la Comisión Europea y la Agencia Ejecutiva Europea de Educación y Cultura (EACEA) tienen previsto conceder a unos 35 000 jóvenes bonos de viaje y tarjetas de descuentos para explorar Europa. El presupuesto máximo para esta convocatoria de candidaturas es de 21.730.000,00 euros.

Los jóvenes interesados pueden presentar sus candidaturas en el Portal Europeo de la Juventud. 

Está previsto abrir y cerrar el plazo de presentación de candidaturas del 30 de octubre a las 12:00 (mediodía, hora de Bruselas) al 13 de noviembre de 2025 a las 12:00 (mediodía, hora de Bruselas). 

Los candidatos seleccionados recibirán bonos de viaje para explorar Europa durante un período de viaje de varios meses que empezará en la primavera de 2026. Durante este período de viaje, los participantes podrán viajar durante un mes como máximo. Una vez que los candidatos seleccionados hayan obtenido su bono de viaje, se considerarán participantes³. 

Como norma básica, los participantes viajarán en el modo de transporte más respetuoso con el medio ambiente. Para procurar que haya el mayor acceso posible, la acción permite viajar en medios de transporte alternativos cuando sea necesario, y tiene en cuenta consideraciones medioambientales y de tiempo y distancia.

En casos excepcionales, y cuando no se disponga de otros medios de transporte, se ofrecerán a los jóvenes viajes en avión. De este modo se garantizará que los jóvenes que viven en zonas remotas o insulares tengan también la oportunidad de participar en DiscoverEU. 

También se concederá a los participantes una tarjeta de descuentos DiscoverEU. Esta tarjeta ofrecerá a los jóvenes descuentos para el alojamiento, visitas y actividades en el ámbito de la cultura, el aprendizaje, los deportes, el transporte local, la comida, etc. 

 

2. Candidatos admisibles

Para ser admitidos, los candidatos deberán:

  • tener 18 años cumplidos o celebrar el 18 cumpleaños entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025 (es decir, haber nacido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2007, ambos inclusive);
  • ser ciudadanos o residentes de uno de:
    • los 27 Estados miembros de la Unión Europea, incluidas sus regiones ultraperiféricas [Guayana Francesa (FR), Guadalupe (FR), Martinica (FR), Reunión (FR), Mayotte (FR), San Martín (FR), Azores (PT), Madeira (PT) y Canarias (ES)], o
    • ser ciudadanos de uno de los 27 Estados miembros de la Unión Europea, y residentes en uno de los países y territorios de ultramar (PTU) asociados a la Unión Europea: Aruba (NL), Bonaire (NL), Curazao (NL), Polinesia Francesa (FR), Territorios Australes y Antárticos franceses (FR), Groenlandia (DK), Nueva Caledonia (FR), Saba (NL), San Bartolomé (FR), San Eustaquio (NL), San Martín (NL), San Pedro y Miquelón (FR) e Islas Wallis y Futuna (FR), o bien
    • en los terceros países asociados al programa Erasmus+: Islandia, Liechtenstein, Macedonia del Norte, Noruega, Serbia y Turquía;
  • rellenar el formulario de solicitud en internet con un número de documento de identidad, de pasaporte, o de tarjeta de residencia legal válido;
  • aceptar la declaración jurada del formulario de solicitud.

Para poder viajar, los participantes deberán: 

  • iniciar su viaje en cualquiera de los países admisibles para la acción DiscoverEU (véase más arriba);
  • planear que el viaje dure entre un día y un mes;
  • tener previsto viajar al menos a un país extranjero admisible en el caso de DiscoverEU (véase más arriba).

Los candidatos que no cumplan los criterios de admisión no se tendrán en cuenta en el proceso de adjudicación. 

 

3. Procedimiento de candidatura

La convocatoria de candidaturas de DiscoverEU se inicia mediante un formulario específico de solicitud en internet que se encuentra en el Portal Europeo de la Juventud. No se admitirá ninguna candidatura que se presente antes o después del plazo de solicitud indicado en el apartado 1.

El procedimiento de candidatura tiene siete etapas:

  1. Para empezar, los candidatos deberán superar la comprobación de los criterios de admisión, lo que significa que se les pedirá que indiquen su fecha de nacimiento, su nacionalidad y su lugar de residencia. Si los datos no se ajustan a las normas de admisión mencionadas en el apartado 2 «Candidatos admisibles», no podrán pasar a la siguiente etapa. Asimismo, también deberán aceptar la declaración jurada respecto a las bases de la convocatoria de candidaturas de DiscoverEU, aceptar que sus datos personales se guarden y traten para los fines necesarios a la convocatoria de candidaturas de DiscoverEU y aceptar la posibilidad de que la Comisión Europea y las organizaciones autorizadas por ella, así como la EACEA, las agencias nacionales de Erasmus+ y Eurodesk se pongan en contacto con ellos en relación con DiscoverEU. Los candidatos tendrán que aceptar además ser embajadores de DiscoverEU⁴.
  2. Los candidatos deberán indicar si desean viajar solos o en grupo (de un máximo de cinco personas).
  3. Los candidatos deberán facilitar una dirección válida de correo electrónico. A continuación, para comprobar la validez de la dirección, recibirán por correo electrónico una notificación automática del Portal Europeo de la Juventud. Esta verificación es necesaria, ya que cualquier comunicación con los candidatos tras haber sido seleccionados tendrá lugar por correo electrónico. Al pedir a los candidatos que confirmen su dirección de correo electrónico, la Comisión Europea y la EACEA impiden que puedan utilizarla otras personas sin autorización.  
  4. Una vez validada la dirección de correo electrónico, los jóvenes tendrán que completar el formulario de solicitud. En primer lugar, deberán facilitar sus datos personales: nacionalidad, fecha de nacimiento, nombre, apellidos, género, dirección de correo electrónico, número de teléfono, país de residencia, región, ocupación y documento nacional de identidad o pasaporte, o número de la tarjeta de residencia. Los jóvenes con movilidad reducida o discapacidad tendrán la posibilidad de comunicar sus necesidades especiales.
  5. Una vez cumplimentados los datos personales, los candidatos tendrán que responder a un pequeño cuestionario de cinco preguntas de opciones múltiples sobre conocimientos generales de la Unión Europea y sobre otras iniciativas de la Unión Europea dirigidas a la juventud. Por último, tendrán que responder a una pregunta adicional. Se hace esta pregunta adicional, que obliga a los candidatos a dar una respuesta estimada, para decidir la clasificación entre los candidatos que respondieron correctamente al cuestionario de las cinco preguntas. Una vez finalizado el período de solicitud, se extrae la respuesta a la pregunta adicional del sistema de solicitud. Los candidatos que hayan respondido correctamente al cuestionario de las cinco preguntas se clasificarán en función de su respuesta a la pregunta adicional: se pondrán en la lista en función de lo que se acerque su contestación a la respuesta correcta a la pregunta adicional. Se seleccionarán candidatos hasta agotar el presupuesto disponible, y los candidatos se clasificarán teniendo en cuenta la exactitud de sus respuestas. En caso de empate y como medida de último recurso, la Comisión Europea o la EACEA aplicará el criterio de la fecha de presentación de la solicitud para determinar el orden de la clasificación.
  6. Se pedirá además a los candidatos que faciliten más información sobre sus planes de viaje (cuándo tienen la intención de comenzar el viaje, si es la primera vez que viajan solos sin sus padres, qué les gustaría aprender de esta experiencia, cómo van a financiar gastos como el alojamiento, la estancia, el seguro básico, etc. durante sus viajes y cómo se enteraron de la existencia de DiscoverEU). La información que se comunique en esta sección no es vinculante y no influirá en modo alguno en el proceso de adjudicación. Los datos recopilados se utilizarán con fines estadísticos y como información para que la Comisión Europea y la EACEA mejoren DiscoverEU.  
  7. Antes de presentar su solicitud, se pedirá a los candidatos que verifiquen y confirmen el formulario de solicitud que hayan cumplimentado. Una vez presentada la solicitud, no podrán cambiarse las respuestas dadas al cuestionario ni a la pregunta adicional. Además, las peticiones de retirada de una solicitud se tramitarán una vez finalizado el período de solicitud.
  8. Una vez presentada su candidatura, todos los candidatos recibirán por correo electrónico una confirmación del Portal Europeo de la Juventud. Este correo electrónico les informará del registro de su candidatura e incluirá el código de la candidatura y la fecha en la que se anunciará la decisión de adjudicación.

Los candidatos deberán conservar este código para cualquier comunicación futura. Si un candidato desea invitar a otras personas a formar parte de su grupo, pasa a ser jefe del grupo y debe comunicar el código a los demás miembros del grupo para que puedan inscribirse. Los demás miembros del grupo deberán inscribirse en línea y completar sus datos personales con el código que les haya proporcionado el jefe del grupo. 

Aunque los candidatos hayan indicado que desean viajar en solitario, todavía pueden añadir amigos a su candidatura después de haberla enviado y antes de la fecha límite, siguiendo el procedimiento antes mencionado. 

Debe tenerse en cuenta que los miembros del grupo no tienen que participar en el cuestionario ni responder a la pregunta adicional, solo debe hacerlo el jefe del grupo, pero tienen que completar sus datos personales para validar su candidatura. Los miembros del grupo deben cumplir los mismos criterios de admisibilidad: 

Las candidaturas que presente un grupo se considerarán una candidatura única. Solamente se tendrán en cuenta para la selección los miembros del grupo que hayan completado el formulario de solicitud utilizando el código que les haya facilitado el jefe del grupo. Los miembros del grupo no se inscribirán por separado. 

Los grupos pueden estar compuestos por personas de diversas nacionalidades que vivan en lugares distintos.

Solo podrá presentarse una solicitud por persona en la misma convocatoria de candidaturas. En el proceso de adjudicación solo se tendrá en cuanta la primera candidatura que se haya registrado en el Portal Europeo de la Juventud. Una persona no puede presentar candidaturas en distintos grupos. Si en cualquier etapa se detectan varias candidaturas, únicamente se tendrá en cuenta la primera candidatura que se registrase en el Portal Europeo de la Juventud; las demás se rechazarán. 

No se admitirán las solicitudes de los jóvenes que ya fueran seleccionados para un bono de viaje de DiscoverEU en cualquiera de las convocatorias de candidaturas pasadas. Esto se detectará en la fase de presentación y se rechazarán las nuevas solicitudes. Si en cualquier etapa del desarrollo de la acción el contratista designado por la Comisión Europea y la EACEA para gestionar las reservas de viaje o la propia Comisión Europea y la EACEA descubren candidaturas de personas a las que se hubiera concedido un bono de viaje de DiscoverEU en las últimas convocatorias, dichas candidaturas quedarán descalificadas.

 

4. Proceso de adjudicación

A los candidatos seleccionados se les concederán los bonos de viaje de conformidad con los requisitos del artículo 244⁵.

Cada país tiene una cuota de bonos de viaje. El principio de asignación se basa en la clave de distribución de la movilidad individual en el ámbito de la juventud, acción clave 1 del programa Erasmus+. 

El proceso de adjudicación se basará en la residencia que haya indicado el candidato en el formulario de solicitud. Si el número de candidaturas es inferior a la cuota asignada al país, los bonos de viaje restantes se repartirán entre los candidatos que residan en los países cuyo número de participantes sea superior a la cuota asignada.

La residencia del jefe del grupo determinará la residencia que se tendrá en cuenta a la hora de calcular la cuota. Si un grupo figura en última posición en la lista de candidatos seleccionados por país y se ha alcanzado la cuota de ese país, se tendrá en cuenta a todo el grupo para la adjudicación.

Los candidatos deberán cumplir en primer lugar los criterios de admisión, por ejemplo en lo que respecta a la fecha de nacimiento y la residencia o nacionalidad admisibles, tal como se indica en los apartados 2 y 3. Debe tenerse en cuenta que la comprobación de estos criterios se efectuará automáticamente al presentarse la candidatura y que el contratista designado por la Comisión Europea y la EACEA para gestionar las reservas de viaje se encargará, tras la selección, de realizar una segunda comprobación de los datos que se hayan facilitado. Si, al comprobar el documento de identidad, pasaporte o permiso de residencia de un candidato, el contratista observa que ha declarado en falso, este candidato quedará excluido del proceso de adjudicación.

Una vez que los candidatos cumplan todos los criterios de admisión, deberán a continuación responder correctamente al cuestionario de las cinco preguntas de opciones múltiples y a la pregunta adicional. En el caso de los grupos, solo el jefe del grupo tiene que responder al cuestionario de las cinco preguntas y a la pregunta adicional. Las respuestas del jefe de grupo al cuestionario y a la pregunta adicional cuentan para todo el grupo, así como el plazo en el que el jefe del grupo haya presentado la solicitud.

Los candidatos se agruparán por lugar de residencia y se clasificarán en función de las respuestas correctas al cuestionario de las cinco preguntas y, posteriormente, según la contestación que hayan dado a la pregunta adicional.

Una vez que finalice el período de solicitud, el comité de evaluación estudiará el análisis del Portal Europeo de la Juventud para emitir su evaluación final.

En caso de que haya demasiadas candidaturas (individuales o de grupo) con la misma clasificación en el umbral impuesto por la cuota fija, el comité de evaluación aplicará, como último recurso, el principio de orden de llegada para asignar las últimas plazas.

 

5. Comité de evaluación

Cuando finalice el período de solicitud, se reunirá un comité de evaluación compuesto por personal de la Comisión Europea y la EACEA. Los miembros del comité estudiarán los resultados de la selección a partir de los criterios indicados anteriormente. También evaluarán y decidirán la clasificación final de los candidatos que se hayan seleccionado para recibir los bonos de viaje partiendo de sus respuestas al cuestionario y a la pregunta adicional, teniendo en cuenta las cuotas por país y, si procede, la fecha de presentación de la solicitud. El comité de evaluación establecerá una lista de candidatos a la lista principal, la lista de reserva y la lista de candidaturas rechazadas. Los candidatos incluidos en la lista de reserva podrán ser seleccionados para recibir bonos de viaje más adelante si hay un presupuesto adicional o si hay candidatos seleccionados que renuncien a participar o participantes que no activen sus bonos (véase el apartado 7).

La EACEA, basándose en las valoraciones del comité de evaluación, adoptará la decisión de adjudicar los bonos de viaje y las tarjetas de descuentos e informará sobre el total de bonos y tarjetas que haya concedido, el presupuesto total que se asigne a ellos, la lista con los códigos correspondientes a los candidatos seleccionados, la lista de reserva y la lista de los candidatos rechazados. 

 

6. Notificación de los resultados

Al final del proceso de adjudicación, los candidatos podrán comprobar en el Portal Europeo de la Juventud, utilizando su código de candidatura, si han sido seleccionados o no.

También recibirán una notificación por correo electrónico en la que se les informará de si:

  • han sido incluidos como beneficiarios en la lista principal («candidatos seleccionados»), o
  • has sido propuestos para la lista de reserva o
  • no han sido seleccionados (solicitudes rechazadas).

A continuación, el contratista designado por la EACEA se pondrá en contacto con los candidatos seleccionados para preparar las reservas. Para más información, véase el apartado 8. 

 

7. Lista de reserva

Una vez alcanzado el umbral para los bonos de viaje disponibles, se establece una lista de reserva. La lista de reserva clasifica a los candidatos en función de sus respuestas al cuestionario y a la pregunta adicional, así como en función del momento de presentación de la solicitud en caso de empate. La EACEA podrá conceder bonos de viaje a los candidatos inscritos en la lista de reserva en los casos siguientes: si se dispone de un presupuesto adicional, si algunos candidatos seleccionados retiran su solicitud o si los participantes no activan su bono de viaje. Este mecanismo puede aplicarse hasta que se agote todo el presupuesto disponible. 

El hecho de estar incluido en la lista de reserva no crea ningún derecho frente a la Comisión Europea ni la EACEA, ni garantiza ser seleccionado en una fase posterior.

El contratista designado por la EACEA puede ponerse en contacto con los candidatos de la lista de reserva para organizar las reservas de viaje. Los candidatos a los que se avise por encontrarse en la lista de reserva no podrán pedir el reembolso de los viajes que hayan realizado antes de la invitación, ni una ampliación del período de viaje.

 

8. Reserva de billetes de viaje y normas aplicables a los viajes

Los participantes iniciarán su viaje en un país que forme parte de DiscoverEU (véase el apartado 2 - Candidatos admisibles) y viajarán al menos a un país que también forme parte de DiscoverEU y que no sea el país de partida. El viaje total puede durar entre un mínimo de un día y un máximo de un mes, ambos inclusive. Está previsto que el período de viaje comience el 1 de marzo de 2026. El bono de viaje solamente puede utilizarse en el país de residencia del participante para un viaje de ida y uno de vuelta.

El contratista externo que haya designado la EACEA será el único encargado de reservar, comprar y entregar los bonos de viaje de los candidatos seleccionados. Los candidatos seleccionados y los participantes no deben, bajo ninguna circunstancia, reservar bonos de viaje ni billetes de tren, vuelo, transbordador o autocar por sí mismos o a través de una agencia de viajes que no haya designado la EACEA a tal efecto en el contexto de DiscoverEU. No se reembolsarán los billetes que hayan sacado directamente los candidatos seleccionados o los participantes.

El contratista designado por la EACEA se pondrá en contacto con los candidatos seleccionados para reservar su bono de viaje. El contratista proporcionará el bono de viaje, junto con el acceso a la información necesaria para ayudar a los participantes a organizar y preparar sus viajes. También se concederá a los candidatos seleccionados la tarjeta de descuentos de DiscoverEU.

Esta tarjeta dará acceso a una serie de descuentos y beneficios en todos los países del programa Erasmus+. No se reembolsarán las tarjetas de descuentos que hayan adquirido directamente los participantes. 

El contratista elegirá a los operadores de transporte más competitivos y adecuados que cumplan las condiciones de su contrato con la EACEA.

Las fechas de viaje de los participantes se mantienen flexibles hasta que la persona en cuestión haya activado el bono de viaje y los días de viaje seleccionados. 

Los participantes podrán viajar: 

  • durante un período máximo de un mes, con un número definido de días de viaje;
  • en días consecutivos o repartirse sus días de viaje a lo largo del período de un mes;
  • a tantos países admisibles como quieran.

No están cubiertas las cancelaciones de los itinerarios. La Comisión Europea y la EACEA no cubrirán ningún suplemento ni ningún otro gasto que haya surgido durante el viaje. 

Los candidatos seleccionados que deseen viajar a Chipre, Islandia, Irlanda o Malta deberán informar de ello al contratista. La cuota mencionada en el apartado «Cuota por país» del Portal Europeo de la Juventud se aplicará a las personas que viajen desde Chipre, Islandia, Irlanda o Malta. Se aplicará un máximo de tres veces esta cuota a los candidatos seleccionados que deseen viajar a Chipre, Islandia, Irlanda o Malta. Los billetes de avión a estos destinos concretos se reservarán por orden de llegada en función del presupuesto disponible. En cualquier caso, los candidatos seleccionados y los participantes no deberán sacar ellos mismos estos billetes.

Podrá aplicarse una excepción al requisito del período de viaje en el caso de los jóvenes que vivan en un país que forme parte de la Unión Europea o en terceros países asociados al programa Erasmus+ (véase el apartado 2) con un servicio civil o militar obligatorio.

 

9. Medios de transporte

Por regla general, los participantes viajarán por el medio de transporte más ecológico. No obstante, para dar el mayor acceso posible, DiscoverEU debe ofrecer medios de transporte alternativos cuando sea necesario y teniendo en cuenta consideraciones medioambientales y de tiempo y distancia. Solo se podrá viajar en 2.ª clase. 

Solo en casos especiales se permitirá la opción de viajar en avión y se organizará para los candidatos seleccionados. Este es el caso de los jóvenes que residan:

  1. en las nueve regiones ultraperiféricas (Guadalupe, Guayana francesa, Martinica, La Reunión, Mayotte, Saint-Martin, Madeira, Azores y las islas Canarias);
  2. en los países y territorios de ultramar de la UE (Aruba, Bonaire, Curazao, Polinesia Francesa, Groenlandia, Nueva Caledonia, Saba, San Bartolomé, San Eustaquio, San Martín, San Pedro y Miquelón, Wallis y Futuna);
  3. en países o regiones que no son accesibles por otros medios de transporte;
  4. en un lugar en el que los jóvenes necesiten más de dieciocho horas de viaje por vía terrestre o marítima antes de cruzar la frontera más próxima de su país de residencia.

Solo los viajes de partida y de regreso pueden efectuarse en avión. Para el resto del viaje, los participantes deberán viajar con arreglo a la norma básica.  

Los jóvenes de las regiones ultraperiféricas y de los países y territorios de ultramar pueden elegir cualquier destino que corresponda a los requisitos establecidos. Los candidatos seleccionados que quieran viajar a las regiones ultraperiféricas y los países y territorios de ultramar pueden hacerlo si su viaje respeta el límite del presupuesto.

Los candidatos seleccionados que sean residentes en Chipre, Islandia, Irlanda o Malta pueden viajar en avión a la Europa continental. Pero tampoco deben comprar ellos mismos sus billetes de avión: el contratista organizará el billete de ida y vuelta para ellos.

 

10. Valor del bono de viaje y de la tarjeta de descuentos

Los candidatos seleccionados solo recibirán los bonos de viaje y la tarjeta de descuentos de DiscoverEU. Correrán por cuenta de cada candidato seleccionado los gastos de alojamiento, manutención, seguros, suplementos de viaje y cualquier otro tipo de gastos.

La norma general es que cada candidato seleccionado tiene derecho a un bono de viaje y a una tarjeta de descuentos. Los viajes solo se realizarán en segunda clase o clase turista, principalmente en tren y, en caso necesario, en autobús, transbordador o avión. El contratista podrá organizar el viaje en avión en los casos concretos siguientes:

  • Cuando se trate de candidatos seleccionados que viajen desde las regiones ultraperiféricas de la UE y de los países y territorios de ultramar a Europa continental. Una vez en la Europa continental, se les aplicará la norma general.
  • Cuando se trate de los candidatos seleccionados procedentes de las zonas geográficas mencionadas anteriormente que deban viajar en avión a Europa continental. Una vez en la Europa continental, se les aplicará la norma general.
  • En determinadas situaciones específicas que se valorarán caso por caso podría cubrirse un trayecto adicional (por ejemplo, si se trata de candidatos seleccionados que residan en otras islas que formen parte de los países del programa Erasmus+).

En el caso de los candidatos seleccionados con movilidad reducida o necesidades especiales: podrían cubrirse los costes de asistencia especial (acompañante, perros para candidatos seleccionados con discapacidad visual, etc.), partiendo de que se entregue la documentación adecuada para justificar sus necesidades especiales, de conformidad con lo dispuesto en la legislación nacional del país de residencia.

 

11. Calendario orientativo

Período para presentar las solicitudes

desde el 30 de octubre, a las 12:00 (apertura), hora de Bruselas, 

hasta el 13 de noviembre de 2025, 12:00 (cierre), hora de Bruselas

Notificación de los resultados

7 de enero de 2026

Posible inicio del viaje

1 de marzo de 2026

 

12. Renuncia y anulación del viaje por parte del participante

Cada bono de viaje será nominativo e intransferible. No podrá cambiarse el nombre que figure en el bono de viaje.

Si, por cualquier motivo, un candidato seleccionado renuncia antes de que el contratista designado por la EACEA haya reservado el bono de viaje, se asignará su plaza a otro participante de la lista de reserva en orden decreciente de selección. Los candidatos seleccionados deberán informar de ello al contratista antes de que se realice cualquier reserva.

Si una persona perteneciente a un grupo (ya sea el jefe o un miembro) renuncia a viajar antes de que el contratista de la EACEA haya reservado el bono de viaje, la renuncia no afectará al conjunto del grupo. Los demás miembros podrán viajar según lo previsto. Sin embargo, la persona que haya renunciado no podrá sustituirse por otra. El bono de viaje sin utilizar se asignará a una persona de la lista de reserva en orden decreciente de selección.

Se admite que algunos miembros de un grupo decidan viajar de forma individual; esa decisión no afectará al resto del grupo.

El bono de viaje no es intercambiable ni reembolsable. 

 

13. Fuerza mayor

En caso de que el viaje se interrumpa debido a situaciones o acontecimientos excepcionales e imprevisibles, independientes de la voluntad del participante y no atribuibles a error o negligencia por su parte, puede adjudicársele un nuevo bono de viaje. La EACEA y la Comisión Europea evaluarán estas situaciones con el contratista caso por caso.

 

14. Información sobre el viaje

La Comisión Europea querría conocer las experiencias y aventuras de los participantes, por lo que animará a los jóvenes viajeros de DiscoverEU a compartirlas.Después de haber sido seleccionados, los candidatos se convertirán en embajadores de la acción DiscoverEU. Se invitará a los participantes a relatar sus experiencias de viaje, por ejemplo, a través de las redes sociales o haciendo una presentación en su centro escolar o en su comunidad local. 

Se invita a los candidatos a formar parte del grupo oficial #DiscoverEU de Facebook. Cuando haya terminado su período de viaje, los jóvenes viajeros también deberán responder a una encuesta en línea enviada por el contratista de la Comisión Europea o la EACEA. Una vez finalizado el viaje, los viajeros recibirán un certificado de participación generado automáticamente en el que se destacarán las competencias y capacidades adquiridas gracias a su experiencia de viaje.

 

15. Visado 

Los participantes, dependiendo de su nacionalidad y de su itinerario de viaje previsto (fuera del espacio Schengen), pueden necesitar uno o más visados. La expedición de visados es competencia de los Estados de los que se trate. En tal caso, aconsejamos a los participantes que se informen a través de fuentes oficiales y que presenten sus solicitudes de visado con suficiente antelación, ya que la expedición de visados puede durar varias semanas o meses. Por tanto, las solicitudes de visado deben presentarse más de un mes antes de la fecha prevista de viaje. No será posible volver a reservar un bono de viaje DiscoverEU por un retraso en la obtención del visado, en caso de que se haya pedido el visado con menos de 4 semanas antes de la fecha de salida o menos de 8 semanas antes del final del período de viaje. El contratista proporcionará ayuda a este respecto. En cualquier caso, es responsabilidad de los participantes tener preparados sus documentos antes de viajar.

La Comisión Europea, la EACEA y el contratista no están en condiciones de influir en las decisiones de las autoridades nacionales en lo que respecta a los visados.

Los gastos de expedición del visado correrán a cargo de DiscoverEU. 

El contratista proporcionará también un seguro de enfermedad cuando este sea un requisito obligatorio para la obtención de un visado. Los costes que conlleve este seguro correrán a cargo de DiscoverEU.  

 

16. Seguros

Se aconseja a los participantes que contraten los seguros de enfermedad y de viaje adecuados para toda la duración del viaje. Por lo general, gracias a la Tarjeta Sanitaria Europea, los sistemas nacionales de seguro de enfermedad garantizan una cobertura sanitaria básica durante el viaje. 

No obstante, es posible que la cobertura de la Tarjeta Sanitaria Europea o de los seguros de enfermedad privados no incluya todos los casos posibles, especialmente cuando se trate de una repatriación o de una intervención médica específica. Para esos casos, es aconsejable suscribir un seguro complementario.  

 

17. Cláusula de exención de responsabilidad

La Comisión Europea, la EACEA y su contratista solamente correrán a cargo de los bonos de viaje, las tarjetas de descuentos de DiscoverEU y, en su caso, los costes de expedición de visados y de los seguros conexos, tal como se ha explicado anteriormente. En casos excepcionales y si así lo aprueba previamente la EACEA, podrán tenerse en cuenta los costes relacionados con necesidades especiales, movilidad reducida, interrupciones de viaje por causa de fuerza mayor o cuestiones similares. Correrán por cuenta de cada candidato seleccionado los gastos de alojamiento, manutención, seguros básicos, suplementos de viaje y cualquier otro tipo de gastos.

La Comisión Europea, la EACEA y su contratista no se hacen responsables de ningún daño ocasionado o sufrido por cualquiera de los participantes, incluidos los daños a terceros o causados por estos a consecuencia de las actividades subvencionadas o durante su ejecución.

La Comisión Europea, la EACEA y su contratista no se hacen responsables de cualquier daño material, no material o físico que sufran los participantes o sus acompañantes durante su viaje o su estancia en el caso de las personas con necesidades especiales.

El viaje planeado está sujeto a limitaciones presupuestarias, temporales y de disponibilidad de bonos y de tarjetas de descuentos, por lo que puede sufrir cambios. El contratista designado por la Comisión Europea y la EACEA no puede garantizar que se lleve a cabo el viaje previsto.

Se aconseja a los candidatos seleccionados que contraten los seguros de enfermedad y de viaje adecuados para toda la duración del viaje. Por lo general, gracias a la Tarjeta Sanitaria Europea, los sistemas nacionales de seguro de enfermedad garantizan una cobertura sanitaria básica a los participantes durante el viaje de DiscoverEU. No obstante, es posible que la cobertura de la Tarjeta Sanitaria Europea o de los seguros de enfermedad privados no incluya todos los casos posibles, especialmente cuando se trate de una repatriación o de una intervención médica específica. Para esos casos, es aconsejable suscribir un seguro complementario.

En circunstancias excepcionales, la Comisión Europea y la EACEA se reservan el derecho de modificar las normas que figuran en los apartados 10 y 11.

 

18. Legislación aplicable

Esta convocatoria de candidaturas se rige por el Derecho de la UE. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea será el único órgano competente para resolver todo conflicto entre la Unión y cualquier candidato o participante relativo a la interpretación, aplicación o validez de las normas de la presente convocatoria de candidaturas que no se haya podido resolver de manera amistosa.

 

19. Protección de datos

Los datos solicitados solamente se utilizarán para conceder los bonos de viaje a los candidatos, reservar los billetes de viaje y ofrecerles servicios ligados a DiscoverEU, como el ciclo de aprendizaje o las campañas de promoción de DiscoverEU. En este caso, la Comisión Europea y las organizaciones autorizadas por ella, así como la EACEA, las agencias nacionales de Erasmus+ y Eurodesk, pueden ponerse en contacto con el participante.

La Comisión Europea y la EACEA tratarán todos los datos personales con arreglo al Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018 [por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 45/2001], y de acuerdo con las «notificaciones de las operaciones de tratamiento» dirigidas al responsable de la protección de datos (RPD) de la Comisión Europea (de acceso público en el registro del RPD). Los «responsables del tratamiento» de la Comisión Europea y la AECEA tratarán los datos a efectos de la convocatoria de candidaturas, su aplicación y seguimiento, o de la protección de los intereses financieros de la UE.

En la declaración de confidencialidad especial del Portal Europeo de la Juventud y en el aviso de protección de datos de la iniciativa DiscoverEU se explica a los candidatos cómo utiliza la acción los datos personales y cómo se respeta su privacidad. 

Los candidatos y los participantes tendrán derecho en todo momento a recurrir al Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD).

 

20. Reclamaciones

En el sitio web del contratista designado por la Comisión Europea y la AECEA para organizar las reservas de viaje estará disponible un formulario de reclamación. Se informará a los candidatos seleccionados de esta posibilidad en el momento de reservar sus bonos.

 

¹ El original en inglés prevalece sobre todas las demás lenguas traducidas. Lo mismo se aplica a otras informaciones y documentos de DiscoverEU que se hayan publicado en el Portal Europeo de la Juventud.

² Un bono de viaje es un billete que permite a un pasajero realizar un determinado número de viajes comprados previamente o viajes ilimitados en un período de tiempo determinado en una zona geográfica concreta.

³ Los jóvenes que presentan su candidatura en el Portal Europeo de la Juventud son «candidatos». Si se acepta su solicitud, se les designa como «candidatos seleccionados». Una vez que han reservado y recibido un bono de viaje, se consideran «participantes». 

⁴ Se recuerda a los candidatos o participantes que, mientras sean embajadores de DiscoverEU, los puntos de vista y las opiniones que manifiesten serán los suyos y no deben dar, de ningún modo, la impresión de que cuentan con el respaldo y la aprobación de la Unión Europea. Además, deben evitar actuar de manera incompatible con los objetivos y principios de la Unión Europea o del programa DiscoverEU, o de manera ilegal.

⁵ Reglamento (UE, Euratom) 2024/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (versión refundida) («Reglamento Financiero de la UE») (DO L, 2024/2509, 26.9.2024).

⁶ Véase el contingente por país.